¿Cuáles son las prestaciones de ley de un trabajador?

Las prestaciones de ley son aquellos beneficios que tienes al ingresar a un vínculo laboral. Estas son totalmente independientes al salario; es decir, si trabajas para una persona moral o física y tu trabajo es subordinado.

REDACCIÓN VERACIDAD CHANNEL.

Las prestaciones de ley son aquellos beneficios que tienes al ingresar a un vínculo laboral. Estas son totalmente independientes al salario; es decir, si trabajas para una persona moral o física y tu trabajo es subordinado.

Sin embargo hay prestaciones que están sumamente obligadas a dártelas y existen otras que el patrón opta por otorgarlas. Las que son obligatorias se mencionan en la Ley Federal del Trabajo, y el jefe está obligado a brindarlas.

Las prestaciones de Ley son:

  1. VACACIONES; Al cumplir un año el trabajador tiene derecho como parte de las prestaciones de ley a mínimo 6 días de vacaciones con goce de sueldo.
  2. PRIMA VACACIONAL; Todos los trabajadores deben recibir por lo menos 25% de los salarios correspondientes a los días vacacionales.
  3. AGUINALDO; La ley establece que el trabajador deberá recibir 15 días de salario en caso de tener un año de antigüedad. De lo contrario será proporcional a los días laborales.
  4. SEGURIDAD SOCIAL; Todos los trabajadores tienen derecho a ser incorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica cuando sea necesario.
  5. PAGAO DE UTILIDADES; Cuando una empresa genera utilidades es obligatorio hacer el reparto a los colaboradores.
  6. DÍAS DE DESCANSO; Los colaboradores tendrán derecho a un día de descanso semanal.
  7. PRIMA DOMINICAL; Está establecido en el artículo 71 de la Ley Federal de Trabajo que los trabajadores tienen derecho a un día de descanso. En caso de laborar dicho día se otorgará un 25%  adicional, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
  8. LICENCIA DE MATERNIDAD; Las mujeres tienen derecho a 6 semanas antes y 6 semanas después del embarazo, con goce de sueldo. Además no pueden hacer trabajos que pongan en riesgo la salud tanto de la madre como la del bebé.
  9. PERIODO DE LACTANCIA; Si la empresa cuenta con espacios que permitan alimentar al bebé, puedes tomar dos descansos de media hora para realizar dicha actividad. De lo contrario tu jornada laboral se reduce una hora. Este periodo dura aproximadamente 6 meses.
  10. LICENCIA DE ADOPCIÓN; Aquellas mujeres que quieran adoptar, tendrán derecho a 6 semanas de descanso, con goce de sueldo íntegro.
  11. LICENCIA DE ADOPCIÓN Y PATERNIDAD; En el caso de los hombres, tendrán derecho a 5 días de descanso para ambos casos (adopción o paternidad).
  12. PRIMA DE ANTIGÜEDAD; Después de  15 años de antigüedad, el trabajador tendrá derecho a 12 días de salario por cada año cumplido.
  13. PRESTACIONES POR RENUNCIA; Aun cuando haya decidido terminar la relación laboral, el trabajador tendrá derecho a los siguientes beneficios:
  14. Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados.
  15. Aguinaldo.
  16. Vacaciones.
  17. Prima vacacional.
  18. Prima de antigüedad (cuando ya haya laborado 15 años o más)