México contará con Registro Nacional de Cáncer

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la creación del Registro Nacional de Cáncer, para agilizar la comparación e interpretación de los datos sobre esta enfermedad y guiar las acciones hacia reducir su incidencia en la población.

Con 83 votos, se aprobaron los cambios a la Ley General de Salud y prevén que la Secretaría de Salud (SSA) deberá establecer, promover y coordinar la nueva base de datos.

También incorpora el Capítulo 3º Bis al Título Octavo, denominado “Del Registro Nacional de Cáncer”, el cual tendrá una base poblacional y se integrará de la información proveniente del Sistema Nacional de Información Básica en materia de salud.

El registro contendrá información del paciente y el tumor, incluida la fecha de diagnóstico, localización anatómica, lateralidad, incidencia y estado de la enfermedad, histología del tumor primario y su comportamiento y el tratamiento que se ha aplicado.

Además, se incluirá información de curación y supervivencia, la fuente de información utilizada para cada modalidad de diagnóstico y de tratamiento, así como la información adicional que determine la Secretaría.

La dependencia también integrará la información demográfica de todo el territorio nacional dividido en regiones norte, centro y sur.

Entre los artículos transitorios se precisa que el Decreto entrará en vigor a los 180 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y que la Secretaría emitirá el Reglamento del Registro Nacional de Cáncer en los 60 días posteriores al inicio de la vigencia de la reforma.