NICOLÁS MADURO DISOLVIÓ EL CONGRESO

“Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”, se dijo en una sentencia de dicha Sala.

Esta decisión surgió en respuesta a un recurso de interpretación en el que cuatro abogadas pidieron al Supremo de Venezuela analizar el alcance de un artículo constitucional y otro de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Estos apartados establecen que la constitución de empresas mixtas “requerirá la aprobación previa” de la AN”.

La Ley de Hidrocarburos indica que en esta materia el Parlamento de Venezuela podrá modificar las condiciones propuestas o establecer las que considere convenientes, y que cualquier cambio posterior también deberá ser sometido a la evaluación de la Cámara. Sin embargo, el Supremo resolvió que “no existe impedimento alguno” para que el Ejecutivo constituya empresas mixtas, e indicó que éste deberá informar a la Sala Constitucional”.

Además, el TSJ subrayó que el Parlamento de Venezuela, no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones en estas asociaciones. El diputado oficialista y ex presidente del Parlamento de Venezuela Diosdado Cabello, uno de los hombres más influyentes del Gobierno de Nicolás Maduro, celebró esta decisión del Supremo y sugirió a los opositores someterse a los dictámenes del máximo tribunal.