Padres que regañen a sus hijos pueden perder patria potestad

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Ante la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que determina como como causal de perdida de patria potestad, la educación tradicional a un menor de edad, expertos opinan al respecto.

Vanessa Ordoñez, Veracidad News

Este 2 de Mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el amenazar o corregir a un menor a través de un acto físico moderado, podría ser motivo para que un padre de familia pierda la patria potestad de sus hijos.

El Principio del Interés Superior del Menor, se entiende como un conjunto de acciones y procesos a fin de salvaguardar las condiciones afectivas y materiales, para el pleno desarrollo del infante. Es por ello que se determinó anticonstitucional una ley en Guanajuato que permitía algunos castigos corporales.

Por lo que expertos en la materia coinciden y alertan que no es posible aplicar leyes de primer mundo a un país con un modelo de crianza de tercer mundo, sin antes proporcionarles alternativas para ello.

Sugieren que problema del maltrato infantil no debe ser tratado de forma “superficial” en un país que ocupa el primer lugar en violencia física, abuso sexual y homicidios de menores de 14 años, entre los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, integrada por 34 países.

Aunque esta acción va encaminada a trabajar con los adultos, expertos en la materia enfatizaron que el problema tendrá solución al tratarse de raíz con las familias a través de programas de apoyo.

Aseguran que más que una solución propone agudizar el problema social por lo que es importante estar pendientes del rumbo que tomará esta decisión.