Uber reingresa solicitud para entrar regresar a Cancún

Federico Ranero, director general de Uber en México, anunció la mañana de este martes en Cancún que la empresa ingresó ya al Instituto de Movilidad de Quintana Roo su solicitud de permiso para regresar a operar al Caribe mexicano.

Esto implica que en cuanto culminen los trámites de registro como plataforma digital de transporte ante el gobierno del estado, reanudarían operaciones los cerca de 2,000 socios que suspendieron sus servicios durante más de un año mientras se elaboró la nueva Ley de Movilidad del estado de Quintana Roo, contra la cual se ampararon y ganaron la suspensión definitiva.

Dicha suspensión otorgada por un juez federal los exenta de ser regulados bajo un modelo de concesión pública como lo exige la Ley de Movilidad, manteniéndose su carácter de servicio privado entre particulares.

Por su parte, Saúl Crespo, gerente de Comunicación en Uber México, dijo que reconocen la decisión de las autoridades federales, quienes antepusieron los intereses de la mayoría y la innovación”.

Ambos directivos adelantaron que con el regreso de Uber se espera impactar el desarrollo turístico de Cancún, considerando que alrededor de 60% de los usuarios que Uber movió en la ciudad eran turistas.

También dará mayores oportunidades de autoempleo, pues antes de la pausa Uber era una fuente de ganancias adicional para más de 5,000 familias, ser considerados como permite que Ley de Movilidad del estado para que los servicios que se prestan a través de su plataforma digital se consideren de carácter privado y no se regulen bajo un modelo de concesión pública como lo exigía dicha normatividad.

Antecedente del amparo

En mayo de 2018, el Congreso de Quintana Roo aprobó la nueva ley de Movilidad del Estado, la cual entró en vigor tres meses después, con la obligación de que las plataformas digitales de transporte tuviesen que tramitar una concesión otorgada por el nuevo Instituto del Movilidad y Transporte.

Dicha obligación se basaba en la redacción del artículo 3 de la Ley de Movilidad del estado de Quintana Roo, la cual establece que “todo vehículo de Servicio Público o Privado de Transporte, que utilicen las vías y carreteras del Estado y perciban remuneración económica por prestar dicho servicio, deberán contar con la concesión, permiso o autorización del Instituto de Movilidad de Quintana Roo, mediante el documento que al efecto otorgue el titular de éste, conforme a las disposiciones de esta Ley y su Reglamento.

“Asimismo, la prestación del servicio público de transporte contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales requerirá contar con la concesión del Instituto, mediante el documento que al efecto otorgue el titular de éste, únicamente conforme a la regulación prevista en el Capítulo Séptimo del Título Cuarto de esta Ley y su Reglamento”.

Se agregó además el artículo 149 a dicha la Ley de Movilidad, en el que se establece que “el servicio de transporte contratado a través de plataformas digitales sólo podrá ser prestado por quienes cuenten con un permiso expedido por el Instituto de Movilidad de Quintana Roo”.

En el artículo 150 se añade que “el Instituto tendrá la facultad de otorgar las autorizaciones a las personas morales que medien o promuevan la contratación del servicio de transporte entre particulares y permisionarios a través de plataformas digitales, conforme a lo dispuesto por la presente ley y su reglamento”.

La nueva normativa fue calificada por Uber como retrógrada y adelantaba que se irían a tribunales para que se respetase su condición de servicio privado y no público como lo define la normativa estatal. Finalmente, el pasado 5 de diciembre ganaron el amparo contra esas disposiciones de la ley, logrando la suspensión definitiva que los exenta de ser regulados bajo el esquema de concesiones públicas.

Fuente: eleconomista.com.mx