¿En qué consiste la adopción?

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La adopción es un acto jurídico que crea un parentesco civil; en la legislación mexicana la figura de la adopción está establecida en el Código Civil Federal.

 

Redacción, Veracidad News

 

La adopción es un acto jurídico que crea un parentesco civil; en la legislación mexicana la figura de la adopción está establecida en el Código Civil Federal, además de los códigos civiles estatales, los aspectos concretos de la adopción se encuentran, en algunos casos, dentro de los códigos de Procedimientos Civiles Estatales y en los Reglamentos de Adopción de Menores de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia de cada entidad.

 

Para llevarse a cabo la adopción se consideran factores como la edad, fijando un mínimo y un máximo de años, la capacidad para proveer subsistencia y educación, sin omitir requisitos como las buenas costumbres, solvencia moral, reconocida probidad y un entorno social adecuado.

 

En nuestro país es importante saber que existen dos tipos de adopción, la simple y la plena, la diferencia entre estas reside en factores como la edad o si el adoptado  posee alguna discapacidad, la posibilidad de revocación, el establecimiento de un vínculo jurídico, la aprobación de la familia biológica, y si permanecen los mismos derechos  aunque sobrevengan hijos al adoptado.

 

En todo momento y considerando todo lo anteriormente mencionado, para dar cumplimiento a lo establecido por la ley de adopciones de Quintana Roo que en su artículo 3º establece que el objetivo es “para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes en materia de adopción, para que las adopciones se realicen bajo el interés superior del niño, niña o adolescente”.

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Al respecto, la Biblia nos muestra el más grande ejemplo de adopción, y este lo hizo Dios en donde a través de Cristo se realiza la remisión de la humanidad como se menciona en el libro de Romanos capítulo 8, la palabra de Dios también mencionan e gálatas 4:7 “y si hijo también heredero”.

 

Es por ello que al momento de realizarse esta se debe ver únicamente el beneficio del adoptado.